"Para los magistrados, la duración del proceso, desde la comisión del primer hecho declarado probado, a finales de 2006, hasta que se dictó la sentencia, en diciembre de 2016, provoca una dilación indebida muy cualificada, para casos que excedan de ocho años, según indica el Supremo. No solo eso: responsabilizaba a las víctimas de haber dejado pasar dos años para interponer la denuncia. "
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