La democracia española no puede, sin faltarse el respeto a sí misma, mantener la inscripción del PP en el registro de partidos del Ministerio de Interior. Ha llegado el momento de poner pie en la pared y decir claramente: hasta aquí hemos llegado. La aplicación directa de la Constitución, que reconoce en el apartado primero del artículo 22 el derecho de asociación, para añadir inmediatamente después en el apartado segundo que “las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delitos son ilegales”.
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