Buen ejemplo de ellos son los llamados delitos de opinión. Las calumnias e injurias a la Corona (artículos 490 y 491 del Código Penal); el ultraje a España y a sus símbolos (artículo 543); el delito contra los sentimientos religiosos (artículo 525); y el enaltecimiento del terrorismo (artículo 578) tienen difícil encaje legal en un pleno Estado democrático. Y así se lo vienen recordando desde hace años a España desde Naciones Unidas y el Consejo de Europa, que instan a su reforma inmediata por conculcar estos artículos la libertad de expresión.
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