El Juzgado de lo Social de Palma número tres ha condenado a Emaya a modificar el horario laboral de un trabajador para posibilitar la conciliación de su vida laboral y familiar. Ante esta sentencia no cabe recurso.
Según los hechos, la empresa pregonaba la flexibilidad horaria: la directora de la sucursal bancaria dijo que no había control ni registros porque apelaban a la responsabilidad de cada uno.