edición general
padre

padre

Chase & Status, Skrillex, Feed Me, Nero, Flux Pavillion, Knife Party, Netsky, Magnetic Man, Jack Beats, Subfocus, Zomboy, Jauz.

En menéame desde febrero de 2006

8,71 Karma
4.394 Ranking
488 Enviadas
90 Publicadas
9.290 Comentarios
370 Notas

La filial latinoamericana del Canal malversó 25 millones de euros con la compra de Emissao [2]

Un SSD de 60TB: Seagate revienta todos los récords [175]

La Guardia Civil multa por disminuir la velocidad ante un coche radar [355]

  1. #233 #244 "Se puede engañar a todos alguna vez, o engañar a algunos siempre, pero no se puede engañar a todos siempre"

    www.meneame.net/story/entrevista-senora-publico-blog-denunciando-injus
    www.meneame.net/story/juez-sevilla-imputa-dos-policias-detencion-ilega

Évole admite las amenazas de muerte recibidas por su entrevista a Otegi [122]

  1. #4, una simple regla de tres: (100 / 15.1) * 2.8

El secreto del Paso Dyatlov: la muerte de 9 jóvenes por una “poderosa fuerza desconocida” [71]

  1. #57, el usuario se ha dado de baja voluntariamente. NO se le ha baneado por parte de la administración.

    Cuando un usuario se da de baja, el nick se sustituye automáticamente por su id --como ha sucedido en este caso; mientras que si se le banea, el usuario sigue conservando su nick durante unas pocas semanas.

La variación en un gen revela un indicador del efecto paranoide del cannabis [eng] [2]

  1. Un delirio paranoide me ha hecho menear esta noticia :shit:

Soy Carajitoinfeliz [7]

Cómo ha cambiado el smartphone nuestros hábitos en el baño [12]

  1. #4, esa misma gente que trabaja de cajero en el Lidl y te da el cambio bien calentito que tú mismo coges con tus manos. O como esos reponedores que colocan en la estantería el producto que luego tú metes en tu despensa. Y de ahí a la boca.

    Ahora ya sé por qué te gusta tanto el Lidl.

Rumblr, la app de contactos para pelearse, es un fake [9]

  1. --edit--

Irlanda despenalizará las drogas [133]

  1. #93 nada, apunto a la luna pero ya sé dónde sigues mirando. A ver, iremos pasito a pasito, que empiezo a empatizar por tus limitaciones.

    El resumen de la situación actual en España en cuanto a drogas es: está penada la tenencia y/o consumo en lugares públicos, pero en el ámbito privado se permite cualquier sustancia.

    Y ahora, poco a poco, no sea que te pierdas, te seguiré explicando:

    Si en un registro te incautan una cantidad de una sustancia ilegal, serás o no sancionado según la interpretación que haga el juez, en base a:

    * Cantidad incautada: en el código penal no se indica ninguna cantidad, así que tenemos que ir viendo cómo ha ido evolucionando la jurisprudencia para entender a partir de qué cantidad se considera que no puede ser para consumo propio y se asume que es para el tráfico a terceros. Entonces serás condenado por un delito contra la salud pública.

    * Instrumentos que puedan indicar que la cantidad está destinada al tráfico: básculas de pesaje, bolsitas de plástico, dinero en metálico, entrada/salida constante de gente, etc.

    Según los dos anteriores puntos, se te podrá sancionar si el juez decide que la cantidad está destinada al narcotráfico. Pero si no, no serás sancionado, puesto que el consumo propio No está penado.

    Por eso te puse el anterior artículo, donde se mostraba las cantidades mínimas a partir de las cuales se da por hecho que el sujeto se dedica al narcotráfico.

    Y ahora, como tampoco me tienes que creer a mí, ahí van varias fuentes donde se indica que la tenencia en lugares privados para consumo propio no está penada:

    * es.wikipedia.org/wiki/Legalidad_del_cannabis#Tabla_comparativa_de_la_l

    "El consumo y el cultivo para uso propio no está penalizado."

    * www.revistajuridicaonline.com/index.php?option=com_content&task=vi

    "La mera posesión de drogas por sí sola no es constitutiva de delito, puesto que puede ser obtenida para consumo propio"
  1. #86, joder, te basta con una búsqueda en google para informarte y sin embargo sigues dejando patente tu cuñadismo.

    Hay millones de artículos donde se analiza seriamente el asunto. Te pongo uno donde está todo bien explicadito: somos-policias.blogspot.com.es/2012/06/tenencia-de-drogas-cuando-es-pa

    Por si te da pereza leer: "Así que RECUERDA: prohibido CONSUMIR y PORTAR en la vía o espacios públicos; en tu domicilio puedes hacer lo que quieras*"

    [*] Si sigues leyendo entenderás qué significa ese "lo que quieras".
  1. #77 bien, sabes usar google y poner negritas en menéame. El siguiente paso es mejorar tu comprensión lectora, cosa difícil por lo que veo.

    Ese artículo que indicas hace referencia al consumo y a la tenencia en lugares públicos. :palm:
  1. #67 Sí, lo que tú digas. Vamos a hablar sin tener ni pajolera idea.

    Si estás tan seguro de lo que dices, sólo tienes que enseñarnos en qué artículo del código penal se menciona que no puedas tener alguna sustancia en tu casa para consumo propio.

    Ponlo en negritas, para que lo veamos bien.

menéame