Increíble!! pataleamos porque nos graban las cámaras cuando vas de compras, ahora , eso sí señores, si Google se pasea haciendo fotogrofias constantes por nuestras calles, pillando a ti y a tu amante en el coche, ya no pasa nada. Olé!
Pues no se parecen en nada,aunque los diseños de ambas marcas son estrambóticos, las prendas de desigual son generalmente más coloridas. Yo creo que aquí lo único que interesa es darse publicidad, forma fácil de salir en los periódicos y en portada.
Increíble lo de esta señora, hace cosa de un par de semanas la oí en televisión decir, respecto a una determinada directiva, en concreto de inmigración, que esa directiva "jamás" "jamás" sería aplicada, reiterándolo.
!Menuda estupidez! cuando las directivas precisamente una vez aprobadas se les concede un plazo a los estados miembros de la Unión Europea para que la trasponga a su ordenamiento interno, osea, para que formen parte de nuestro derecho. En caso contrario, sanción al canto, y nos la pueden imponer, es más un ciudadano como cualquiera de nosotros puede pedir su aplicación.
No creo que el tono del artículo sea lo más acertado. Juan Luis ha conseguido con su esfuerzo personal e incondicioanal lo que la Administración de Justicia no ha conseguido en años, evitar, aunque sólo sea en una parte del territorio español, la intención de los subasteros, y esto merece algo más que tildarle de buey.
Olé por el secretario y creo que se merece unas disculpas.
Más lamentable es que los licenciados en derecho, salen de la carrera depués de varios años repitiéndose el reparto de competencias entre Comunidades Autónomas-Estado, sin saber cuáles han sido transferidas y cuáles no. Que el ciudadano de a pie no lo sepa lo comprendo, pero que no lo sepa un jurista me parece grave. Y es que lamentable no se les dice cuáles están transferidas y cuáles no,así que no es de extrañar.
Se está hablando de laicidad como sinónimo de ateísmo, cuando no es lo mismo.
El principio de laicidad en nuestro derecho significa que el Estado, en materia religiosa actúa como sólo Estado;es decir, la fe es libre de Estado de tal forma que éste no concurre con sus ciudadanos en el acto de fe. Radicalmente distinto a la confesionalidad de un Estado que incorpora a su estructura una determinada confesión religiosa. Laicidad no significa agnosticismo, indeferentismo o ateísmo,por que ello es contrario a la libertad religiosa que exige la promoción del factor social religioso.
El peso que tiene la Iglesia Católica, nos guste más o menos se debe a un concordato firmado en 1979 entre el Estado español y la Santa Sede aún en vigor, de ahí que la Católica tenga reconocidos unos beneficios que no pueden tener otras religiones.
Y es una lástima,configurándose nuestro Estado desde la Constitución Española del 78 un Estado laico (yo lo defino como “laico de libertad religiosa” aunque la fórmula utilizada por nuestra Constitución resulta poco clarificadora, dice lo que no es, pero no lo que es.