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Motín en el INEM: Los interinos quedan excluidos de las oposiciones para hacerse fijos [95]

  1. Precisión ante el titular:

    La denominación INEM, Instituto Nacional de Empleo es inapropiada. Debería desaparecer de la prensa escrita por los equívocos que aún produce. Es aún peor cuando se usa como "Antiguo INEM".

    Hoy en día existe el SNE: Sistema Nacional de Empleo, dividido en dos:

    - SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal)

    - y los Servicios Autonómicos de Empleo, con una denominación diferente según la Comunidad Autónoma de que se trate. Físicamente ambos comparten una red de oficinas que es de titularidad autonómica en cuanto a su dotación de medios materiales (sillas, mesas, climatización, seguridad, limpieza, sistemas de espera y turnos etc.). El SEPE únicamente pone en ellas personal, documentación y ordenadores propios para la gestión de prestaciones esencialmente.

    Al margen de las oficinas, también quedan las Direcciones del SEPE en cada capital de provincia, que son íntegramente estatales, así como la dirección de los servicios autonómicos, íntegramente de la Comunidad Autónoma.

    Como comentarios anteriores explican perfectamente, las competencias están claramente delimitadas:

    Las del SEPE: www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/publicaciones/pdf/pdf_sobre_el_s que por cierto, cuenta con una Carta de Servicios y unos mínimos garantizados (o al menos lo intenta con los medios de los que se le dota). Véase también el artículo 18 de esta disposición legal: www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-11431

    El SEPE gestiona prestaciones, subsidios etc. Véase su Carta de Servicios.

    Las de los Servicios de Empleo Autonómicos: Véase el artículo 19 y cada Real Decreto de Transferencias: www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-11431

    Estos se ocupan de la intermediación laboral y la formación, por decirlo muy resumidamente.

    En el caso de la noticia se habla de personal del SEPE.

    Efectivamente y, simplificándolo mucho (subrayo estas dos palabras), se reitera el dilema acostumbrado: interino con experiencia que accedió por bolsa de trabajo que le baremó sin examen o superando pruebas más limitadas que la oposición etc. y "la vida hecha a trabajar en la organización durante bastante tiempo o en varios meses al año reiteradamente" que reclama fijeza y consolidación (estaría por ver qué medio sería el elegido por la Administración: concurso-oposición, concurso, sentencia judicial...) y luego quien reclama acceso igualitario de los interinos con todo restante aspirante que saca plaza por la oposición clásica de acuerdo con principios de mérito, capacidad e igualdad.

    Todo ello con miles de matices, pero resumido como antecede.

    Reitero: INEM: Término inadecuado.
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