Bueno, dejar de tomarla no , se entiende que el delito sería mentir sobre ello a la pareja y quedarse embarazada
Por tanto: ¿Se podría acusar a una mujer que engaña a su pareja hombre a tener una relación sexual con la creencia que ella no se va a quedar embarazada, es posible delito de abuso sexual?
Yo entiendo que sí.
El Código Penal español dice que es abuso sexual: “El/la que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses”.
Según la Real Academia de la Lengua Española, indemnidad es el «Estado o situación de quien está libre de daño o perjuicio». Perjuicio es el hecho de tener que aceptar en contra de su voluntad a un hijo, no deseado.
Por ende, creo que sería plausible denunciar a una mujer que se queda embarazada sin el consentimiento del hombre con el que ha mantenido relaciones sexuales libres, pero bajo engaño.
Pero es más, creo que existen dos delitos conexos en este caso: Para poder quedarse embarazada la mujer debe haber engañado al hombre. Y eso es delito.
El Código Penal es muy claro cuando dice que: “Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno”
#1 ¿Son necesarias la ventajas legales?
Un ejemplo de una ley en la que no hay ventajas legales. La ley sobre nombres y apellidos y su orden. Desde hace 25 años, cualquier primogénito puede tener como primer apellido el apellido de la madre. No hace mucho esto estaba 1% versus 99%.
Tenemos dos opciones, hacer algo para que este porcentaje se regule.
No hacer nada y dejarlo así.
#9 Normalmente si. Cuando formas el contrato, que por supuesto no has leído en su totalidad, hay algún apartado que indica que tus datos pueden ser transferidos a colaboradores por necesidades del servicio para fines exclusivos de la prestación del servicio.
Pero ojo, que quizás en este caso no sea así, pero con el mamoneo de consultoras y auditoras no creo que cuando se aprobase el RGPD no llamasen un puñado de ellas a la puerta de cada empresa del IBEX ofreciendo un servicio muy necesario aunque sobrevalorado de adecuación de procesos a dicho reglamento.
#5 Cierto. Hubo movimientos de recuperación de bienes, de disculpas y de resarcimiento de las víctimas y los estados renegaron de esos gobiernos, por no hablar de dar una despedida digna a los muertos. Todo eso nos falta en España. Pero hay mucho que no se hizo. Sin ir más lejos, muchos judíos alemanes tuvieron que emigrar a Palestina, como si no fueran alemanes (tal como preconizaban los nazis), porque no pudieron recuperar sus vidas anteriores.
#7 Nunca han sido legales, lo que pasa es que no hace falta asegurarlos. Ahora las seguros no te querrán asegurar un patinete que no sea legal, por lo tanto tendrás que ir sin seguro. Algo bastante más fácil de controlar por la policía que ver si este patinete chino supera los 25km/h o no.