El supremo dijo
"El motivo, añade el sindicato, es que la segunda subrogación del contrato, una vez fallecidos el primer titular y su cónyuge, sólo puede tener una duración de dos años, salvo en el caso de que el descendiente conviviente tuviese una discapacidad superior al 65% y, en el caso de Mari Carmen, que tiene movilidad reducida debido a varias operaciones en la cadera, su discapacidad es del 50%."
#7 pues estoy de acuerdo contigo, así redactado, y sin la Sentencia completa se ve bastante raro, que se suponga en tu perjuicio que te has ido más de 15 dias
Otra vez igual? La polemica fue absurda en cuanto un señor con su dinero y su hipoteca se compra una casa. Luego la polémica de la hemeroteca de Iglesias diciendo que no se movería de Vallecas o que un político se compre una casa por X debía ser escandaloso fue la que más duró, el tema de votarlo etc
Gracias por asistir a mi charla Ted espero haber ayudado