El Banco de España recomienda en su informe anual “medidas restrictivas” para controlar los alquileres turísticos, de temporada y por habitaciones, convertidos en la vía predilecta de grandes y pequeños propietarios para eludir las legislaciones.
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"Según el texto de la reforma, los alquileres temporales quedan limitados para usos de ocio, recreativos y de vacaciones, pero no podrán utilizarse para fines laborales, médicos o estudiantiles, independientemente de la duración del contrato. El decreto también regula el alquiler de habitaciones y concluye que la suma del alquiler por habitaciones no puede ser superior al tope que corresponde a la vivienda en la que se encuentran."
Vamos que si cambias dos palabras del contrato te saltas la limitación.
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