A partir del mes de julio entra en vigor un cambio normativo en la Ley del IVA que va a generar una cantidad ingente de información en Hacienda y que va a permitir hacer un trazado bastante interesante de cada uno de los contribuyentes en España. La modificación a la que me refiero es la entrada en vigor del Sistema de Información Inmediata (SII) que básicamente se resume en la obligación que van a tener las grandes empresas y las empresas inscritas en el sistema de devolución de IVA mensual de remitir electrónicamente los libros de IVA a la Agencia Tributaria.
Para que nos hagamos una idea, cuando hablamos de grandes empresas, nos referimos a aquellas empresas que facturan más de 6 millones de euros al año. Según los datos que maneja la propia Agencia Tributaria, suponen aproximadamente el 80% del total de facturas emitidas en España. Por ejemplo, un día cualquiera en un ciudadano corriente, Hacienda va a conocer perfectamente cuánto se gasta al mes en electricidad, teléfonos, cuánto le ha comprado a Amazon durante ese mes, los importes pagados a Itunes o Google Play, si se coge un vuelo o un tren y solicita factura a su nombre, si va a unos grandes almacenes como El Corte Inglés, Ikea, Eroski, Carrefour o cualquier otro y pide factura más allá de la propia factura simplificada que ya nos entregan.
El sistema que entra en vigor en julio recopila un montón de información dado que en plazo máximo de 4 días naturales desde la emisión de la factura, las empresas tienen que enviar a la Agencia Tributaria el número de factura, el NIF del cliente, la base imponible, la cuota de IVA, el total de la factura y una serie de códigos adicionales que identifican el tipo de operación a efectos tributarios. No se remite físicamente la factura, pero los importes gastados, son perfectamente conocidos por la AEAT.
En simultáneo, se prevé que este mismo sistema entre en vigor a partir de 2019 para todas las empresas que operan en España, por lo que en ese punto, el control de Hacienda sobre las operaciones realizadas por cada empresa y sus clientes es máximo.
A nivel técnico, en Hacienda están preparando una base de datos realmente monstruosa a nivel de NIFs y unos sistemas de envío de ficheros que están prácticamente automatizados desde los propios softwares de gestión y contabilidad que usan empresas y asesorías.
Las pegas del sistema, más allá de la carga burocrática y la necesidad de adaptación tecnológica que van a tener que hacer muchas empresas la tenemos en la pérdida del grado de privacidad que van a tener muchos ciudadanos sin tener efectos tributarios por esas partidas. Por ejemplo, Hacienda podrá saber con relativa exactitud cuánto te has gastado en unas vacaciones, cuánto te gastas en los servicios de tu hogar o incluso cuántas compras online realizas en determinadas webs.
Como ventaja, esta fuente de información es una vía muy importante para reducir el fraude del IVA, que es uno de los más importantes por cuantía según estiman desde la propia Agencia Tributaria y una vía de control para aflorar rentas no declaradas comparadas por los volúmenes de gasto o incluso una vía para acotar la "capacidad creativa" de muchas empresas a la hora de declarar sus ingresos.
Está claro que la privacidad total pasa cada día más a un segundo plano y este cambio que se ha introducido, es uno de los más relevantes que se han puesto en marcha, que va más allá de otras medidas que han sido fuertemente criticadas como la limitación de pagos en efectivo por ejemplo.
Así a bote pronto, se me ocurren varias historias que no podrían haber ocurrido con tanta claridad tal y como hemos visto en la noticias de los últimos años. Por ejemplo, el asunto de los pagos de la reforma de la sede del PP y las facturas posteriores que aparecieron en sede judicial, su veracidad o falsedad no habría tenido duda alguna si la empresa que hizo las reformas las hubiera tenido que emitir de manera inmediata a Hacienda.
La historia del ministro Soria, si hubiera sucedido con una sociedad domiciliada en España, tampoco habría tenido duda alguna sobre la veracidad o no de la emisión de la factura, sin tener que esperar a que una sentencia haya condenado la exministro. Por otra parte, va a ser muy interesante también ver los volúmenes de contratación de algunas empresas con determinados entes públicos y los momentos en los que se emiten esas facturas. Ahora mismo, se tiene que informar de las operaciones superiores a 3.000 euros pero varía mucho cuando la información va factura a factura y no a tanto alzado.