El Tribunal Supremo ha aclarado que la creación de la apariencia de un contrato de préstamo hipotecario a interés variable, cuando el índice de referencia o su evolución, previsible para el profesional, a corto o medio plazo lo conviertan en interés mínimo fijo variable nada más al alza, "constituye uno de los diferentes supuestos de falta de transparencia" del contrato y de "cláusula abusiva", sin necesidad de que concurra ningún otro requisito.
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