La sentencia define la limitación como una “medida que sin duda es gravosa para la práctica de las manifestaciones colectivas de la religión católica, con afectación de un derecho fundamental y cuya proporcionalidad es abiertamente insuficiente”. · La presidenta de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, señala que “según la Ley de la Función Pública de CyL, Mañueco habría cometido una falta muy grave, con sanciones que implicarían la separación del servicio o la suspensión de funciones”.
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