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Rebuc sic stantibus (estando así las cosas) por Emilio Calatayud

En Derecho existe un principio, Rebuc sic stantibus, que debería aplicarse por decreto en estos tiempos de crisis. Dicho principio dice lo siguiente: “Se estima que en contratos de larga duración si sobreviene una mutación considerable en el estado de hecho que existía al tiempo de contratar, puede el obligado -el hipotecado, para entendernos- resolver el contrato que se ha convertido en más oneroso que lo primitivamente pactado”. Creo que el Gobierno debería obligar a los bancos a que nos aplicasen el rebuc sic stantibus...

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