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Procede abonar alimentos a hija mayor edad que tiene cubierta su necesidad básica de vivienda

De nuevo el Tribunal Supremo se pronuncia en un supuesto de reclamación de alimentos por el hijo mayor de edad frente a sus progenitores. La sentencia confirma lo dicho por la Audiencia Provincial y declara el derecho de la hija de 26 años a percibirlos. Se encontraba desempleada, no se probó su falta de diligencia y se evidenció un intento, aún tardío, de completar su formación.

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