De nuevo el Tribunal Supremo se pronuncia en un supuesto de reclamación de alimentos por el hijo mayor de edad frente a sus progenitores. La sentencia confirma lo dicho por la Audiencia Provincial y declara el derecho de la hija de 26 años a percibirlos. Se encontraba desempleada, no se probó su falta de diligencia y se evidenció un intento, aún tardío, de completar su formación.
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