Si te sorprenden revendiendo un décimo fuera de los canales legales, podrías enfrentarte a sanciones administrativas. Según el artículo 46 del Reglamento de Loterías, la reventa de boletos está penalizada con una multa que va desde los 601 hasta los 3.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además, la persona que adquiera un décimo a través de un revendedor podría perder el derecho a cobrar el premio si resulta ganador.
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Y mira que no compro lotería, pero los que miráis por encima del hombro a los que lo hacen me parecéis insoportables.
Por mi experiencia cuánto más puteada y jodida está la gente, mas juega. Y, o lo disimulan muy bien, o esa remota posibilidad ellos lo ven como todo lo contrario, “que este año sí que nos toca”. Y luego, después del sorteo, caras largas y lamentos. Algunos no remontan hasta beberse media botella de vino en nochebuena.
Pista, el medio asustaviejas se llama Onda CERO