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“El hecho de que la sanción ocasione el cierre de la empresa no puede ser tenido en cuenta”

Una multa de 30000 € por enviar unos faxes publicitarios puede suponer la quiebra para según qué entidades, y eso es lo que argumentó una pequeña empresa que ha sido sancionada por la Agencia Española de Protección de Datos. Sin embargo, la mencionada Agencia concluye que “el hecho de que la sanción suponga el cierre de la empresa dejando a varias familias en el desempleo, no puede ser tenido en cuenta para graduar la sanción“. Si el spam lo hace una multinacional a millones de personas, o una pyme a 300 clientes, la sanción es idéntica.

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