Según la Convención para el Derecho del Mar, las aguas territoriales de un estado son aquellas que se extienden hasta una distancia de doce millas náuticas (22,2 km) a partir de la costa. En este espacio el Estado ejerce toda soberanía. En el caso que nos ocupa, y partiendo desde aguas chipriotas y griegas, es decir, de la Unión Europea, los barcos de la “flotilla de la libertad” no necesitan navegar por aguas israelíes en ningún momento para atracar en el puerto de Gaza, siguiendo el trayecto marítimo la siguiente ruta...
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