El letrado de la defensa, Félix Fernández, ha explicado que su petición de absolución, a la que finalmente se adhería la Fiscalía, se basaba en que la declaración como inconstitucional del primer estado de alarma por el Tribunal Constitucional (TC). Al quedar anulada la norma que estipulaba "la imposibilidad de desplazamiento y circulación", las sanciones que se pudieran derivar de la misma se convierten en "nulas, por lo que "no puede haber un delito de desobediencia".
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