La sentencia, que es firme, declara probado que entre 2006 y 2016 el acusado mantenía una relación de pareja con una mujer, conviviendo desde 2007 con ésta y con su hija, nacida en 2000, en diversos domicilios de Huelva capital. Desde 2008 a 2016 el acusado, aprovechando que su pareja no se encontraba en casa, realizó con la menor una serie de conductas con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales.
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