Problemas y soluciones de las redes sociales partiendo del poema de un juez sobre Irene Montero

Tras la incorporación de @Eirene como nuevo administrador de Menéame, nuestra página está viviendo continuos debates sobre qué debería permitir y qué debería strikear. Algunos dicen que sólo ha de perseguir los insultos directos. Otros que debe castigar los comentarios incels, machistas, pollaheridas, voxemitas, xenófobos...Esto último tiene la dificultad de identificar a qué nos estamos refiriendo exactamente cuando usamos esos conceptos, y si se ciñen a frases estrictamente injuriosas como "todas las mujeres son unas putas" o a cualquier idea que choque con la idea de feminismo que defiende, por ejemplo, Podemos. Con el fin de iniciar un debate sobre la cuestión, quiero preguntaros si el siguiente poema podría publicarse en Menéame o consideráis que merece ser censurado:

“Cuentan que en España un rey

De apetitos inconstantes

Cuyo capricho era ley

Enviaba a sus amantes

A ser de un convento grey

Hoy los tiempos han cambiado

Y el amado timonel

En cuanto las ha dejado

No van a un convento cruel

Sino a un escaño elevado

La diputada Montero

Ex pareja del “Coleta”

Ya no está en el candelero

Por una inquieta bragueta

Va con Tania al gallinero”

El poema en cuestión fue publicado por un juez español en la revista de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria. Su mensaje era claro: partiendo de un rumor sobre la ruptura entre Pablo Iglesias e Irene Montero y la consiguiente pérdida de influencia política de ésta última que implicaría, afirmaba que Irene estaba donde estaba, simplemente, por ser la novia de Iglesias y haber recibido su enchufe. Irene Montero le demandó por violar su derecho al honor, y el Tribunal Supremo acabó absolviéndole con base en los siguientes argumentos:

-La libertad de expresión tiene límites mucho más amplios que la libertad de información. Mientras que la libertad de expresión ampara opiniones (que por naturaleza son subjetivas, diversas e incluso estrambóticas dentro de un Estado democrático), la libertad de información ampara la emisión de información veraz, que es la información que concuerda fielmente con la realidad o que, aún siendo inexacta, ha sido recabada por el periodista de un modo diligente, esto es, consultando a fuentes fiables y obrando con el rigor propio de un buen informador. Por tanto, la libertad de expresión implica la libertad de todo español para valorar los hechos sobre la base de sus creencias, incluso recurriendo a la demagogia, la exageración o la defensa de posiciones que resultan poco razonables para la mayoría.

-La libertad de expresión no ampara el insulto desnudo y desvinculado con la idea que se pretende defender. Tampoco ampara las amenazas o la incitación a la violencia contra personas o colectivos sociales, o el llamamiento a la negación de sus derechos básicos.

-La libertad de expresión es más amplia cuando se critica a personajes públicos en relación con asuntos de relevancia pública, pues tal libertad es un derecho subjetivo fundamental de toda persona, pero también uno de los pilares de todo sistema democrático. Gracias a ella podemos intercambiar puntos de vista sobre la competencia, los vicios, los defectos o la gestión de instituciones o agentes políticos, contribuyendo con ello a reforzar el control popular sobre sus actuaciones, disuadirles de incurrir en corrupción, mal gobierno o nepotismo (pues sus actos serán expuestos en la plaza pública) y, en definitiva, decidir libremente a quién votamos y cómo ejercemos nuestro derecho a la participación política, porque sin opinión e información no hay conocimiento, y sin conocimiento no hay decisiones libres.

Con base en todo lo anterior, el Tribunal Supremo absolvió al autor del poema, pues consideró elemental el derecho de todo ciudadano a cuestionar a sus representantes políticos y denunciar que, a su juicio, ocupasen sus cargos no por méritos propios sino por haber sido aupados debido a sus relaciones familiares o sentimentales a puestos de salida en las listas electorales. Sea contra Ana Botella, el novio de Ayuso, el hermano de la susodicha, el marido de Ada Colau o Irene Montero, es un derecho inalienable de toda persona denunciar el nepotismo si, a su entender, es la causa de que todos esos personajes hayan obtenido prebendas o beneficios de cualquier índole. Y el resto decidiremos si sus argumentos son razonables o absurdos. Pero nadie tiene derecho a privarnos de la posibilidad de escuchar y decidir.

Proyectando esto sobre Menéame, soy partidario de aplicar el criterio del Tribunal Supremo sobre la política de moderación de la web. Ni insultos ni expresiones que llamen a la violencia o la negación de derechos básicos de colectivos por razón de género, raza, orientación sexual, religión...Para todo lo demás, libertad de expresión y los usuarios decidiremos si compramos o no la idea. Me parece que no sólo es lo justo, sino también lo más práctico si queremos desactivar el discurso de la ultraderecha (el verdadero discurso de la ultraderecha, no cualquier idea que no coincida milimétricamente con lo que dice Podemos).

Y es que si un tío suelta una animalada y yo le censuro sin más, él podrá acudir a los que están mirando y decirles "¿Veis? Me censura porque digo la verdad". Si le dejo hablar y desmonto lo que dice con argumentos, demostraré ante los demás su calaña y lo repulsivo de su discurso. Siempre es mucho mejor convencer que vencer, y para convencer no hay que censurar sino persuadir. Y para persuadir en un debate, amordazar o insultar a quien tienes enfrente, por abyecto que pueda ser el individuo, es la peor estrategia.