#7 fuera de España se pagan muy buenas indemnizaciones por despido y más cuando son 40 años de servicio pero Infobae no le interesa señalar ese "detallito" sin importancia.
Otra cosa es que Alcampo haga como muchas grandes constructoras de coches, que por la publicidad que les pueda traer prefieren hinchar de dinero a quien despiden.
#26 no te creas lo que diga heleraldo, España ha tenido que cambiar las indemnizaciones por despido al ser declaradas "insuficientes" por no sé quien de la UE.
#29 Sí, fue un toque de atención porque el despido en España es libre. En la mayoría de países de la UE no lo es, no puedes despedir porque patatas. Al ser libre la comisión europea estimó que las indemnizaciones eran insuficientes.
Pero, si lo hacen, las indemnizaciones tiene sentido que sean menores. En Francia por lo que he mirado esta noche este ratito parece que la opción más viable para el despido es la de causas objetivas, algo que en España casi nunca se plantea (aunque sea cierto) porque las posibilidades de que sea despido nulo son tan altas que mejor pagar la indemnización.
#1 Bueno...no creo.
Con ese tipo de despido se denuncia en la SMAC y se declara improcedente por parte de la empresa.
Se paga el despido (dinero que NO fiscaliza) y el trabajador se podrá jubilar de modo anticipado si lo necesitase. (JAI: Jubilación anticipada Involuntaria).
A toda esta "artimaña" le queda poquito. Europa ya se está moviendo para evitar estos asuntos.
#10 En Francia es bastante más complicado despedir, recursos humanos lo tendría muy bien planteado para poder despedir a alguien con una enfermedad y de sesenta años con cuarenta años trabajados.
Falta información. Sufría de "agotamiento profesional" y le ofrecieron puestos en Francia y fuera del país pero ella los rechazó al no ser lo que llevaba haciendo en la empresa. Habría que saber lo que su enfermedad profesional le permitía hacer, que tampoco puedes esperar que la empresa vaya a crear un puesto expresamente hecho para tí. Podrán adaptarte un puesto a tus posibilidades pero no se debe esperar nada más allá.
#3 no seré yo quien defienda a una empresa frente a un trabajador, pero existe un concepto llamado "ineptitud sobrevenida". Por ejemplo, trabajas moviendo cajas en un almacén, se te cae un palé encima y te quedas tetrapléjico: debido al accidente ya no puedes realizar tu trabajo, eso sería ineptitud sobrevenida.
Desconozco las secuelas de su enfermedad laboral o cuál era su puesto de trabajo, nos falta información.
Eso sí, lo de "te echo a la calle y al día siguiente te doy un premio" no tiene perdón...
#3 Parece que le podrían haber hecho un favor. Al menos entre directivos, es una práctica bastante extendida la de despedirlos cuando les faltan 2 telediarios para la jubilación.
#18 Se supone que son mínimos. Yo en la que estoy, que el convenio es sectorial, el mínimo para mi grupo es un poco más del 60% de lo que realmente gano.
Y de otros puestos un escalón o dos más altos, la diferencia crece.
Eso si, para los de base, ahí están.
#8 La discapacidad, la enfermedad, le llegó poco a poco mientras pasaba su vida laboral trabajando allí.
La ineptitud fue porque por su enfermedad solo podía trabajar en labores administrativas 10-12 horas a la semana y no pudieron encontrarle un puesto con esas características, por lo que la despidieron por no ser apta.
indemnicen es
imprescindible que el despido sea
improcedente porque sería muy improbable que te
indemnizaran con un despido procedente.
Lo siento, a estas horas no doy más de mi
Existe el despido objetivo por causas económicas, que no siendo improcedente, da derecho a indemnización.
www.heraldo.es/noticias/economia/2023/04/02/despido-espana-no-es-barat
Otra cosa es que Alcampo haga como muchas grandes constructoras de coches, que por la publicidad que les pueda traer prefieren hinchar de dinero a quien despiden.
Pero, si lo hacen, las indemnizaciones tiene sentido que sean menores. En Francia por lo que he mirado esta noche este ratito parece que la opción más viable para el despido es la de causas objetivas, algo que en España casi nunca se plantea (aunque sea cierto) porque las posibilidades de que sea despido nulo son tan altas que mejor pagar la indemnización.
Con ese tipo de despido se denuncia en la SMAC y se declara improcedente por parte de la empresa.
Se paga el despido (dinero que NO fiscaliza) y el trabajador se podrá jubilar de modo anticipado si lo necesitase. (JAI: Jubilación anticipada Involuntaria).
A toda esta "artimaña" le queda poquito. Europa ya se está moviendo para evitar estos asuntos.
El despiste ha sido lo de la medalla.
Con todo, la noticia no parece muy coherente, la verdad.
Desconozco las secuelas de su enfermedad laboral o cuál era su puesto de trabajo, nos falta información.
Eso sí, lo de "te echo a la calle y al día siguiente te doy un premio" no tiene perdón...
Aunque se ve que se ha mostrado sorprendida...
Y de otros puestos un escalón o dos más altos, la diferencia crece.
Eso si, para los de base, ahí están.
Es muy difícil que te consideren una inepta y que no te echen en 40 años
La ineptitud fue porque por su enfermedad solo podía trabajar en labores administrativas 10-12 horas a la semana y no pudieron encontrarle un puesto con esas características, por lo que la despidieron por no ser apta.