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Competencia oculta un voto discrepante sobre la decisión de no multar a la banca por los créditos ICO

La presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), Cani Fernández.

Antonio M. Vélez

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene en un cajón la resolución que detalla por qué ha decidido archivar un expediente sancionador a la banca por su gestión de los créditos del Instituto de Crédito Oficial (ICO) por el COVID.

El pasado 22 de junio, el organismo acordó archivar el expediente que abrió en 2021 a Caixabank, Banco Santander y Banco Sabadell por presuntos actos de competencia desleal durante la comercialización de los préstamos avalados por el ICO a empresas y autónomos que se pusieron en marcha nada más estallar la pandemia.

En junio, el organismo informó de que, tras “una amplia investigación”, la Sala de Competencia de la CNMC había resuelto declarar la inexistencia de infracción y archivar el procedimiento, en una decisión inusual en el 'superregulador' creado en 2013.

La nota indicaba que “la resolución de la CNMC cuenta con un voto particular”. Dos meses después, el documento no se ha hecho público y, con ello, no se conoce el contenido de ese voto discrepante. Es un retraso muy inusual que ha coincidido no obstante con las vacaciones veraniegas. Muchas resoluciones de la entidad se publican el mismo día en que se anuncian las multas.

A preguntas sobre este asunto, fuentes de la CNMC indican que están “ultimando la versión pública de la resolución”, aunque no hay fecha todavía para difundirla, y declinan precisar qué miembro de la Sala de Competencia formuló ese voto contrario a archivar el expediente.

La ley obliga a la CNMC a hacer públicas todas las disposiciones, resoluciones, acuerdos e informes que dicte una vez notificados a los interesados, tras resolver en su caso sobre los aspectos confidenciales de su contenido y previa disociación de los datos de carácter personal. 

La CNMC, que el sábado sufrió la pérdida de su vicepresidente, Ángel Torres, fallecido a los 70 años (Torres presidía la Sala de Supervisión, distinta a la de Competencia), indicó en junio que “ha realizado múltiples actuaciones para esclarecer los hechos”. Entre ellas, requerimientos de información al ICO y al Banco de España, “que no reportaron incidencias relevantes, ni actuaciones concretas en el ámbito de sus competencias”. 

“También se solicitó información a las entidades investigadas, a entidades representativas de consumidores y usuarios, de pequeñas y medianas empresas o del ámbito de los seguros”.

Buzón de denuncias

El expediente tiene su origen en marzo de 2020, cuando la CNMC puso en marcha un buzón de denuncias como punto de contacto con particulares y empresas para que remitieran sus dudas relacionadas con la aplicación del derecho de la competencia durante la pandemia. 

Unos días después, la CNMC anunció que había iniciado investigaciones a bancos, funerarias y fabricantes de productos de protección sanitaria y que en función del resultado de esas pesquisas, decidiría la apertura del correspondiente expediente sancionador. En solo seis meses, ese buzón recibió cerca de 700 denuncias.

La presidenta del organismo, Cani Fernández reveló en septiembre de 2020 que uno de los aspectos que se estaban investigando era si la banca había exigido contratar alarmas a clientes que pedían créditos ICO durante la pandemia, práctica que calificó de “sorprendente”. En junio pasado, un día después de archivar ese expediente, Fernández lamentó que hay “colusión tácita” de los bancos españoles para no remunerar los depósitos en plena subida de los tipos de interés y se quejó de la falta de herramientas legales para perseguir esas conductas.

El expediente a los bancos fue finalmente anunciado en junio de 2021 y las afectadas eran cuatro entidades, ya que también incluía a Bankia, entonces independiente y luego absorbida por Caixabank. A través de ese buzón de denuncias, la CNMC empezó a recibir quejas de pymes “que denunciaban que las entidades estaban aprovechando estos préstamos avalados por el ICO para exigir la contratación de productos adicionales (fundamentalmente, seguros de vida, pero también otros seguros y productos) y refinanciar deudas preexistentes”. 

Tras un análisis preliminar, la CNMC llegó a la conclusión de que “la actuación de los bancos investigados se alejaría de la buena fe exigida a las empresas en sus relaciones con los clientes. En consecuencia, sus prácticas podrían haber alterado el comportamiento económico de los consumidores que acudieron a estas entidades para suscribir los créditos ICO. Todo ello podría suponer un falseamiento de la libre competencia y habría afectado al interés público”.

Sin embargo, el organismo señaló en junio que “no se ha acreditado la concurrencia de los elementos necesarios para considerar probada una infracción” del artículo 3 de la Ley de Defensa de la Competencia, que prohíbe el falseamiento de la libre competencia por actos desleales.

Ese buzón de denuncias habilitado durante el confinamiento también propició la apertura de un expediente sancionador a la aseguradora DKV, por anular de forma unilateral una póliza de incapacidad temporal de ciertos asegurados autónomos durante la pandemia, e incitarles a contratar otros servicios.

En este caso, la CNMC archivó el expediente a principios de este año por el procedimiento de terminación convencional [sin sanción, pero con un acuerdo con la expedientada], tras comprometerse la compañía a indemnizar a los afectados.

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